¿Tienes dermatitis? Podrías cobrar una pensión de Incapacidad Permanente
12/08/2020

La dermatitis es una afección de la piel que puede influir negativamente en el estilo de vida del paciente. Esta también podría llegar a afectar en el aspecto laboral, impidiendo cumplir con sus tareas.
Hay profesiones en las que tu salud se ve afectada por la exposición a un alérgeno que desencadena la dermatitis. En estos casos, como empleado puedes solicitar una indemnización por incapacidad. En este post encontrarás toda la información que necesitas referente a esta patología, así como de la solicitud de dicha indemnización.
¿Qué es la Dermatitis?
La dermatitis es una afección común que se caracteriza por irritación de la piel. Generalmente implica resequedad en la piel acompañada de comezón, por lo que la piel se puede tornar hinchada y enrojecida. En casos más graves, la piel puede llegar a ampollarse, supurar, se pueden formar costras e incluso descamarse.
La dermatitis atópica, la dermatitis por contacto y la caspa son algunos ejemplos de esta afección. Esta afección no es contagiosa, pero puede incomodar o cohibir a quien la padece. La dermatitis se puede presentar en personas de todas las edades, pero se presenta con mayor frecuencia en niños. Al menos el 50% de los casos se ha diagnosticado durante el primer año de vida.
Para tratar esta afección y sus síntomas, los especialistas prescriben el uso de ungüentos, cremas o ciertos champús.
Causas de la Dermatitis
Los dermatólogos aún no han dado con el origen de la dermatitis. Pero hay evidencia que demuestra que hay factores genéticos influyentes en su aparición. Algunos cambios en el estilo de vida, posiblemente tengan un papel relevante en el aumento de la incidencia. Algunos factores que pueden actuar como desencadenantes de la afección son:
- Las alergias alimentarias, al polvo, alergia a algunos tejidos o a compuestos químicos.
- Tabaco
- Estrés
- Insomnio
- Sudor
Incapacidad permanente por Dermatitis
Aunque no lo parezca, la dermatitis llegar a ser una causa de incapacidad permanente. Esto puede determinarse por los resultados de las pruebas epicutáneas y de un estudio anatomopatológico. Si los resultados arrojan que la dermatitis es limitante, se procede a reconocer una Incapacidad Permanente por Dermatitis.
Dicha incapacidad no invalida a la persona para ejercer otra profesión distinta. De modo que la persona puede cumplir tareas en la que la salud de su piel no se vea afectada. Existen varios grados de discapacidad por Dermatitis. Para determinarlo la enfermedad, considerada no recuperable en cualquiera de sus funciones, se somete a una valoración. El resultado de la valoración indicará si la incapacidad será Parcial o Total.
Incapacidad Permanente Parcial
Este tipo de incapacidad por dermatitis se acredita cuando el paciente presenta una disminución en su rendimiento laboral superior al 33%. Por ejemplo, un técnico de laboratorio alérgico al níquel podrá hacer su trabajo, pero exponiéndose a un alérgeno.
Es por ello que recibiría una indemnización por incapacidad parcial debido a su dermatitis. Esto no tiene que significar una incapacidad absoluta, sino un grado menor de invalidez.
Incapacidad Permanente Total
Este tipo de incapacidad se reconoce en profesiones donde existe contacto con algún alérgeno que desencadene o empeore la dermatitis. En este caso el empleado no podrá realizar las tareas encomendadas por su jefe.
Por ejemplo, esta puede ser concedida a un albañil que presenta alergia al cemento. Estos altos grados de incapacidad solo se otorgan si la dermatitis es una patología adicional derivada de enfermedades más graves.
Pasos para solicitar una Incapacidad Permanente
La solicitud de una pensión o indemnización por incapacidad puede llevarse a cabo por parte del trabajador interesado. Pero también puede ser por parte de la Seguridad Social. Para tramitar la solicitud se deben llevar a cabo los siguientes pasos:
Reunir los documentos necesarios
- DNI del solicitante y de su representante legal (si existe).
- Historial clínico
- Certificado del Registro Civil. Este se consigna en caso de haber sufrido algún aborto por embarazo de más de seis meses. O fallecimiento de algún neonato durante las primeras 24 horas desde su nacimiento.
- En caso de tener representación legal, tutor o de ser menor de edad emancipado, presentar documentos que lo certifiquen.
Por enfermedad común o accidente no laboral
- Presentar el comprobante de pago de las cotizaciones durante el periodo en el que se ha producido la incapacidad.
En caso de accidente laboral o enfermedad profesional
- Parte administrativo en el que se detalle el accidente o la enfermedad laboral.
- Recibos donde se especifiquen los salarios percibidos por el trabajador durante el año anterior, emitidos por la empresa.
Aquí tienes una lista completa de enfermedades.
Llenar el formulario
Para completar la solicitud se debe descargar el modelo oficial de solicitud, disponible en la página de la seguridad social. Una vez lleno debes sumarlo al resto de los documentos.
Presentar la solicitud
Una vez que tengas todos los documentos y la solicitud, deberás acudir a un centro de atención del INSS. Luego en esta harás tu solicitud con una cita previa. Esta solicitud también puede realizarse vía internet disponiendo del certificado digital.
Monto de la Pensión por Incapacidad
De acuerdo a lo establecido, el monto mensual de la pensión debe ser proporcional al Grado de Invalidez y a las Cotizaciones. El grado de invalidez no es más que el porcentaje de pérdida de la capacidad laboral.
Cuando esta perdida esta entre 50 y 65,99% se considera Invalidez de Grado 1. En este caso la pensión tendrá de un mínimo del 45% del ingreso básico. Cuando la perdida de la capacidad es igual o supere el 66%, el monto de la pensión mínima será del 54% del ingreso base.
El porcentaje de liquidación puede aumentar de acuerdo al número de semanas cotizadas. Pero no puede ser inferior al salario mínimo legal l vigente.
¿Quién paga la pensión?
La pensión será abonada por la Seguridad Social cuando su origen sea una enfermedad común o un accidente no laboral.
En caso de tratarse de un accidente laboral o una enfermedad profesional, el abono lo hace la Administradora de Riesgos Laborales. Esta deberá cubrir la prestación medica de la hospitalización, medicamentos, prótesis, recuperación social, física y económica.
En este enlace tienes más info sobre la incapacidad por dermatitis
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